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Mostrando entradas de febrero, 2018

España, tal cual es, de Valentí Almirall

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“Lo mismo si el sufragio es universal que restringido, nunca hay más que un solo elector, el Ministro de la Gobernación. Este con sus gobernadores de provincia y el innumerable ejército de empleados de todas clases (...) ejecuta y consuma las elecciones (...). Para hacer las listas de electores se ponen en ellas algunos nombres verdaderamente perdidos entre una multitud de imaginarios y, sobre todo, de difuntos. El autor de estas líneas ha visto repetidas veces que su padre, fallecido ya hace algunos años, iba a depositar su voto en la urna bajo la figura de un barrendero de la ciudad o de un sabueso de policía, vestido con traje prestado. (...) Este sistema de elecciones por medio de la resurrección de los muertos y los agentes de policía vestidos de paisano no es, sin embargo, lo peor de los medios empleados para falsear el sufragio por nuestros pretendidos defensores del parlamentarismo y del sistema representativo. (...) lo que hacen es pura y sencillamente aumentar el número de v

Análisis del texto LA ABOLICIÓN DE LOS FUEROS VASCOS

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“Art. 1. Los deberes que la Constitución política ha impuesto siempre a todos los españoles de acudir al servicio de las armas cuando la ley los llama, y de contribuir en la proporción de sus haberes a los gastos del Estado, se extenderán, como los derechos constitucionales se extienden, a los habitantes de las provincias de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava del mismo modo que a los demás de la Nación. Art. 2. Por virtud de lo expuesto en el artículo anterior, las tres provincias referidas quedan obligadas desde la publicación de esta ley a presentar, en los casos de quintas o reemplazos ordinarios y extraordinarios del ejército, el cupo de hombres que les corresponda con arreglo a las leyes. Art. 3. Quedan igualmente obligadas desde la publicación de esta ley las provincias de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava a pagar, en la proporción que les corresponda y con destino a los gastos públicos, las contribuciones, ren tas e impuestos ordinarios y extraordinarios que se consignen en los presupuestos