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Mostrando entradas de febrero, 2012

Nuevo texto para comentar: Oligarquía y caciquismo de Joaquín Costa

Cada región y cada provincia se hallaba dominada por un particular irresponsable, diputado o no, vulgarmente apodado : “cacique”, sin cuya voluntad o beneplácito no se movía una hoja de papel, no se despachaba un expediente, ni se pronunciaba un fallo, ni se declaraba una exención, ni se nombraba un juez, ni se trasladaba un empleado, ni se acometía una obra; para él no había Ley de “Quintas”, ni Ley de aguas, ni ley de caza, ni Ley Municipal, ni Ley de contabilidad, ni Leyes de Enjuiciamiento, ni Ley electoral, ni Instrucción Consumos, ni leyes fiscales, ni Reglamentos de la Guardia Civil, ni Constitución política del Estado: juzgados, audiencias, gobernadores civiles, diputaciones provinciales. La Administración central era un instrumento suyo, ni más ni menos que si hubiesen sido creados sólo para servirle. No había que preguntar si teníais razón, si la ley estaba de vuestra parte, para saber cómo se fallaría el pleito, cómo se resolvería el expediente: había que preguntar si le

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Análisis y explicación de la CONSTITUCIÓN DE 1869

“La Nación Española y en su nombre las Cortes Constituyentes elegidas por sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la libertad y la seguridad y proveer el bien de cuantos vivan en España, decretan y sancionan (...)  Art. 2º. Ningún español ni extranjero podrá ser detenido ni preso sino por causa de delito.  Art. 3º. Todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad judicial dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de su detención (...)  Art 4º. Ningún español podrá ser preso sino en virtud de mandamiento de juez competente (...)  Art. 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquiera otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España, sin más limitaciones que las reglas universales de la moral y del derecho. Si algunos españoles profesaren otra religión que la católica, es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior.  Art.